jueves, 7 de junio de 2012

El TSJA pone fin al problema en el Parque del Prado de San Sebastián


MOLINA LAMOTHE & ASOCIADOS 
          A   B   O   G   A   D   O   S 

EL TSJA ORDENA LA DEMOLICIÓN TOTAL DE LO CONSTRUIDO POR LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA EN EL PARQUE DEL PRADO DE SAN SEBASTIÁN 

            En el día de hoy, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA ha notificado el Auto de fecha 4 de junio de 2012, por el que estima la demanda de ejecución formulada por este BUFETE en nombre de la Comunidad de Propietarios de C/ Diego de Riaño nº 9, en orden a la ejecución forzosa de la Sentencia del propio TSJA de fecha 4 de junio de 2009, por la que se anularon las determinaciones del nuevo PGOU de Sevilla relativas a la calificación del frente oriental del Parque o Jardines del Prado de San Sebastián como equipamiento de uso educativo, así como las determinaciones referentes a la construcción de la nueva Biblioteca General Universitaria. 
            Concretamente, la Sala declara “la responsabilidad de las tres Administraciones codemandadas en la ejecución de la sentencia” y ordena a la Universidad de Sevilla que “proceda a la demolición de lo construido sobre la zona verde y el parque preexistente, así como los aparcamientos construidos en el subsuelo y la reposición de materiales y arbolado necesario para que el frente oriental se restaure como zona verde y armonice con el resto del Parque”. 
Además, en el plazo máximo de un mes, la Universidad de Sevilla deberá informar a la Sala sobre: a) El calendario de las sucesivas actuaciones con las que se pretende acometer la ejecución de la sentencia; b) La identificación de la autoridad o funcionario responsable de la ejecución de la sentencia. 
            El razonamiento jurídico del Auto comienza por recordar que las Administraciones codemandadas (Junta de Andalucía, Ayuntamiento de Sevilla y Universidad) “estaban obligadas, por mor del art. 118 de la Constitución y del art. 103 de la LJCA, al cumplimiento de la sentencia de 4 de junio de 2009”. Y constata que “ninguna de las Administraciones codemandadas en el proceso judicial ha llevado a cabo actuación alguna tendente al cumplimiento del fallo de la sentencia”, incumplimiento que “ha motivado que al haber transcurrido el plazo de dos meses a partir de la comunicación de la sentencia, previsto en el art. 104.2, se haya instado la ejecución forzosa de la misma”. 
            La Sala reitera “el deber constitucional y legal del cumplimiento de la sentencia de las tres Administraciones codemandadas, con independencia de que lógicamente las obras materiales para su ejecución las iniciase y llevase a cabo la Universidad de Sevilla, como Administración actuante”. También, recalca que “la sentencia ha de ser cumplida en sus justos términos, debe llevarse a puro y debido efecto y practicar lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo”.
            El punto central de la argumentación de la Sala es que “la nulidad de pleno derecho de la aprobación definitiva de la Revisión del Plan General, en lo referente al proyecto de construcción de la Biblioteca Central, ha supuesto que las determinaciones del Plan General relativas a la calificación del frente oriental del Parque o Jardines del Prado de San Sebastián como equipamiento de uso educativo y las determinaciones referentes al proyecto de construcción, desaparezcan del ordenamiento jurídico y en base a los efectos ex tunc de la nulidad radical, ni tienen existencia jurídica ni la han tenido” (FJ 4º).
            Por ello, “la nulidad radical declarada en la sentencia, impone que el frente oriental del Parque del Prado de San Sebastián, se restaure y se reponga al estado jurídico y físico anterior a la actuación urbanística. Por tanto, procede la demolición de lo construido sobre la zona verde y el parque preexistente, así como los aparcamientos construidos en el subsuelo y la reposición de materiales y arbolado necesario para que el frente oriental de nuevo se restaure como zona verde y armonice con el resto del parque, sin que quepa apelar a una menor demolición de lo construido sobre rasante y en el subsuelo, que no se sustenta en medio alternativo alguno utilizable, ni en principios de buena fe y equidad, dada la ilegalidad declarada de la totalidad de lo edificado” (FJ 6º).
            Finalmente, el TSJA rechaza las dos propuestas planteadas por la Universidad, que postulaban el mantenimiento de lo ya construido, y especialmente del aparcamiento. La Sala destaca la falta de consistencia jurídica de ambas propuestas y las desestima porque “la consecuencia jurídica de la nulidad de pleno derecho de la revisión del Plan General, en lo referente al proyecto de construcción de la nueva Biblioteca Central Universitaria, en parte de los terrenos actualmente ocupados por el Parque del Prado de San Sebastián, no puede ser otra que la demolición de lo ilegalmente construido como condición indispensable para restaurara el orden jurídico perturbado por la actuación ilegal y ello conlleva la demolición en su totalidad, tanto de lo construido sobre rasante sin que quepa hablar de integración y conservación de una construcción ilegal en el parque, como de lo construido en el subsuelo, pues ambas edificaciones pertenecen a la misma actuación urbanística declarada nula, aunque aparentemente la ilegalidad de lo edificado sobre rasante pueda parecer más notoria por ser exterior y visible, en tanto que la del subsuelo pueda embozarse en su interioridad” (FJ 6º).
            Así pues, este Bufete considera que el Auto de ejecución notificado en el día de hoy pone fin al proceso judicial iniciado en 2006 con los recursos contencioso-administrativos interpuestos por esta dirección letrada en nombre de siete Comunidades de Propietarios del entorno del Parque del Prado de San Sebastián y la Asociación de Vecinos “Barriada Huerta de la Salud”, confiando en que la Universidad de Sevilla lleve a cabo la demolición total de lo construido ilegalmente con la máxima diligencia y a la mayor brevedad posible, cumpliendo sin más dilaciones todo lo ordenado por el TSJA en la referida resolución.
Sevilla, 6 de junio de 2012
Fdo.: Emilio Molina Lamothe
BUFETE PRADO



Hasta aquí la notificación del Bufete que ha llevado con feliz éxito el tema de la Biblioteca del Prado, aquí mi personal felicitación por su trabajo, no deja duda ha sido eficiente

También mi felicitación a los ciudadanos, cualquier conquista debe de servir como trampolín para conocer que los que mandan no tienen siempre la última palabra, pero es cuestión de confianza y de lucha y esa no debería de olvidarse sobre todo cuando un colectivo se cree movido por la razón debe de luchar por ella 

Me encontraba de vacaciones cuando un grupo de ciudadanos intento parar la obra comenzada, pero estaba una gran amiga mía, se les amenazó con responder el coste de la paralización de las  obras de esta biblioteca.
Por que se inicio, si todos conocían que se habían interpuesto las correspondientes denuncias?
Cuanto tiempo hace que salió la sentencia?
Cuanto tiempo llevan sin cumplirla?
que gasto ha sido generado por este incumplimiento? 
Simplemente las grúas aparcadas y el vigilante a pie de obra. Pueden hacer un calculo, y............ no hay dinero, pero si para tirarlo por la borda

la falta de acatamiento de una sentencia creo que siempre es grave, cuando este incumplimiento se produce en el ámbito de los gobernantes que deberían ser el ejemplo ante los ciudadanos creo que el hecho es grosísimo

la opnipotencia demostrada por los tres rectores implicados en esta historia, en que la Universidad creo sale muy perjudicada, debería de tener su castigo. En cualquier país cosas menores hacen que dimitan y se les pidan responsabilidades, en España se les ríe la gracia, se les da una palmada y se les encumbra a mejores puestos, porque?

El pensamiento es libre y el mio piensa que porque no son solo las personas las que trasgreden, sino que esto va mas lejos, esto va a las instituciones, la avaricia y abuso de poder de cualquier organización que se vea en la cumbre, sus socios, afiliados, como se les quiera llamar, no solo están en la cumbre, están amprados por esa organización que participa,

Por que lo pienso?, simplemente si yo tuviera una empresa y algún empleado robaba, rápidamente lo mandaría  al otro lado de la puerta, si no lo hago demuestro ser tan ladrón como él, le doy mi beneplácito, y eso pasa y sucede en este país. Se darán cuenta alguna vez sus ciudadanos?

Además  la Universidad es una institución que se presume forma a nuestro futuro y lamento decir que creo que los tres últimos rectores bajo mi punto de vista no reunen los requisitos de honestidad, sensibilidad y humildad necesarios para esta encomienda  

Reitero mi felicitación al Bufete de abogados y a todos los ciudadanos que han luchado porque esto fuera así

1 comentario:

Anónimo dijo...

FELICITAR AL BUFETE DE ABOGADOS POR LA LABOR QUE HAN DESARROLLADO CON SU BUEN HACER JURÍDICO AL ESTAR CONVENCIDO DE TENER RAZÓN AL PLANTEAR EL PLEITO Y DE ESTAR SEGURO DE QUE SE LA DABAN. ANA MARIA MARTINEZ TIRADO.LETRADO.