No sé si catalogarlo como acto vandálico
o de mala conciencia hacia los árboles de esta ciudad y en consecuencia hacia
los vecinos que amamos estos seres
Recuerdo que los árboles que
forman parte del patrimonio vegetal de los ciudadanos, son seres vivos con sus
necesidades, recibir agua y que el oxígeno del aire llegue a sus raíces principalmente.
No se colocan en la ciudad como mero objeto decorativo, cumplen una función
primordial, son fábricas de oxigeno entre otras muchísimas cosas, esta es la
más importante, también y no menos importante es que nos limpian el aire que,
los seres humanos con toda nuestra inteligencia y todos nuestros adelantos no
cesamos en contaminar a pesar de los peligros que esto encierra para la salud
En la Calle de Castillo de
Constantina y frente a los números 5 y 7 se han cimentado los alcorques poniendo
en la base del árbol un pequeño tubo, no sé cuál será su misión pues el espacio
que libera es menos que mínimo
Hay que hacer saber que Sevilla,
su ayuntamiento tiene unas ordenanzas que convendría que todo el mundo
conociera y cumpliera. En su artículo 16 habla acerca de los alcorques, algo
que transcribo a continuación
Artículo 16,- Alcorques en la vía
pública
En la construcción de nuevos
Alcorques se tendrán en cuenta las normas que se exponen a continuación
A) La dimensión
del alcorque se adecuará al porte del árbol
B) El alcorque
se distanciará suficientemente del borde de la calzada y de la fachada de lo
edificios
C) Los alcorques
ubicados en áreas de uso peatonal se colocarán de modo que no invadan el
itinerario peatonal accesible
D) El alcorque
estará formado preferentemente por bordes enrasados con el acerado y se
procurará facilitar la recogida de aguas pluviales
E) No se
permitirá en ningún caso la acumulación de materiales de obra en los alcorques
F) No podrán
plantarse árboles sobre canalizaciones de cualquier servicio, excepto de la red
de riego destinada especificacmente al arbolado. En caso de plantarse cerca de
servicios, se utilizarán geotextiles que impidan la invasión de raíces a estos
G) Antes de
la plantación del árbol e comprobará el perfecto drenaje del hoyo en el alcorque,
para evitar acumulación permanente de agua, que impida el desarrollo adecuado y
se verificará la calidad de las tierras sustituidas (tierra vegetal libre de
semillas o elementos de reproducción vegetativa latentes, con textura correcta
para el desarrollo radicular
En el artículo 17 prohíbe el
vertido de líquidos nocivos para árboles, arbustos o cualquier vegetal
En el artículo 18 prohíbe la
utilización del arbolado para clavar carteles, sujetar cables, etc. o utilizarlo con cualquier fin que no sea especifico
del arbolado, prohibiéndose los daños a los mismos
El árbol como ser vivo y necesario
debe de tener su dignidad y respeto, como un ciudadano más
Así podrán ser sancionados por
hechos constitutivos de infracción a eta Ordenanza, las personas físicas o
jurídicas que resulten responsables de los mismo aun a título de simple
inobservancia
Las infracciones van en función
del número de árboles afectados y de la reincidencia en su no cumplimiento
Cualquier persona es competente
para formular la correspondiente denuncia ante las autoridades
correspondientes, quienes deben de actuar al respecto.
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