1. Asegurarse de que el informe
de carácter individualizado, que acredite la inviabilidad de cualquier otra
alternativa y justifique el apeo del árbol, esté publicado en la página web
Servicio de parques y jardines del Ayuntamiento de Sevilla: https://www.sevilla.org/servicios/medio-ambiente-parques-jardines/apeos/2018.
2. Intentar hablar con el
responsable de la cuadrilla de los operarios que están realizando la tala y
pedir el informe perceptivos que justifique el apeo del árbol o árboles emitido
por el servicio de parques y jardines
(seguramente este documento no lo tenga), insistir que pare la tala hasta que
venga la policía local.
3. En este punto podemos llamar a
la Policía Local tlf.: 112, indicando que quieres denunciar una tala que no
tiene los permisos del Ayuntamiento de Sevilla. La policía en teoría tiene que
levantar un atestado, pero últimamente no lo hacen y te indican que vayas a la
comisaría a poner la denuncia.
IMPORTANTE: Nunca enfrentarse con
los/as operarios/as. Hay que pensar que son trabajadores/as que le mandan hacer
este trabajo. Tampoco con la policía!!!!!!
4. Iniciamos el proceso de
recogida de datos para la denuncia: - Ubicación exacta de la tala: número y
nombre de la calle, etc… - Observación si es correcta la delimitación del área
de actuación - Fotos de los árboles
antes (si puede ser) y después de la tala, y todas las fotos posibles de
relevancia para la denuncia. Si hacemos fotos, procurar que no salga la
policía, nos pueden aplicar la “La Ley Mordaza”. - Números de árboles talados…
- Y otros datos e información que nos puedes servir para interponer la
denuncia…
5. Rellenar los datos en la
denuncia tipo, adjunto más bajo: nombre de la persona que hace la denuncia,
ubicación exacta de tala, números de árboles talado, etc. y toda la información
recogida en el punto 4.
6. Adjuntar todas las fotos que
se han realizado en el punto 4 al final de la denuncia.
7. Una vez rellenada la denuncia podemos ir
al cualquier Registro Municipal de cualquier distrito, y/o comisaría de la
policía local. Las direcciones de los
registros municipales la podemos encontrar en esta dirección:
https://www.sevilla.org/ayuntamiento/competencias-areas/area-de-hacienda-yadministracion-publica/registro-municipal y de las comisarías de la policía local:
https://www.sevilla.org/ayuntamiento/competencias-areas/area-de-seguridad-movilidady-fiestas-mayores/policia-local/ubicacion-fisica/distritos
8. Por último, si queréis, podéis
rellenar este formulario:
https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSddq8ahXxA5yjhzEESO9DZvZMaLw0h2pXLHrgI VCViZHGx4g/viewform Este formulario nos
sirve para recopilar el conjunto de denuncias que se hayan hecho por talas y
articular una respuesta.
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEVILLA
A/A SR. ALCALDE-PRESIDENTE DE LA CIUDAD DE SEVILLA D. Juan Espadas Cejas
c/c ÁREA DE HÁBITAT URBANO,
CULTURA Y TURISMO D. Antonio Muñoz
Martínez c/c SR. DELEGADO DE PARQUES Y JARDINES
D. José Luis David Guevara García c/c SR. DIRECTOR GENERAL DE MEDIO
AMBIENTE, PARQUES Y JARDINES D. Adolfo
Fernández Palomares
ASUNTO: DENUNCIA TALAS DE
ÁRBOLES
Nombre
__________________________________, con DNI _________________ y domicilio
____________
EXPONE:
QUE habiéndose realizado la tala
de nº de arboles y la dirección completa donde se ha realizado la tala
______________ e información importante recogida en el punto 4______________
QUE a la hora de proyectar las
actuaciones en lo referente al arbolado, no se ha cumplido con el protocolo
recogido en la ORDENANZA DE ARBOLADO, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS EN EL
MUNICIPIO DE SEVILLA, del Acuerdo del Excmo.
Ayuntamiento Pleno de
fecha 15 de
diciembre de 2005,
de forma que, salvo
en los supuestos
de inminente peligro
para la seguridad
vial o peatonal, se requiere de
una disposición motivada con carácter individualizado, que acredite la
inviabilidad de cualquier otra alternativa. Asimismo, se recoge en la propia
Ordenanza, la obligatoriedad de realizar su publicación en la página web del
Ayuntamiento previa a las actuaciones llevadas a cabo en este sentido, para su
difusión pública. Así mismo, se acordó en el pleno que cualquier actuación de
repoblación de calles será tratada con los vecinos, vecinas y entidades de la
Plataforma de los Parques y Jardines de Sevilla entre ellas Ecologistas en
Acción.
QUE se está incumpliendo la NORMATIVA en base
al texto de las Normas Urbanísticas Generales, Artículos 9. 3. 10. y 9. 3. 11.
del Titulo IX. Normas Generales de Protección del Medio Urbano y Natural, donde
se recoge textualmente:
Artículo 9.3.10. Tala y poda de
la vegetación. 1. La tala de árboles quedará sometida al requisito de previa
licencia urbanística, sin perjuicio de las autorizaciones administrativas que
sea necesario obtener de la autoridad competente en razón de la materia.
2. La poda de la vegetación,
tanto de parques y jardines como del viario, no podrá realizarse durante el
periodo reproductor de las especies, ni afectar a la nidifican de las especies
silvestres. Otro tanto procederá para el desbroce de la vegetación existente en
el caso de la ejecución de los proyectos de urbanización, que evitará los meses
de marzo a junio.
3 Artículo 9.3.11. Normas
generales de protección de la vegetación. 7. Cuando una obra pueda afectar a
algún ejemplar arbóreo público o privado, se indicará en la solicitud de
licencia correspondiente señalando su situación en los planos topográficos de
estado actual que se aporten. En estos casos, se exigirá y garantizará que
durante el transcurso de las obras, se dotará a los troncos del arbolado y
hasta una altura mínima de ciento ochenta (180) centímetros, de un adecuado
recubrimiento rígido que impida su lesión o deterioro.
Incumplen también los artículos
4º, 5º, 14, 15 y 19 de la Ordenanza de Arbolado, Parques y Jardines, relativos
a la manipulación, protección durante la ejecución de obras, talas y
abatimientos. Y el acuerdo del pleno celebrado el 15-12-2005, que en su párrafo
PRIMERO y SEGUNDO dice textualmente:
PRIMERO.- El Excmo. Ayuntamiento de Sevilla se
compromete a asegurar la protección de nuestros árboles y que toda actuación de
repoblación de calles sea tratada con los vecinos y vecinas y las entidades
miembro de la Plataforma de los Parques y Jardines de Sevilla, con objeto de
hacerles partícipes de la situación de nuestra ciudad.
SEGUNDO.- El Excmo. Ayuntamiento de Sevilla no
talará ningún árbol excepto que exista algún peligro para la seguridad vial o
peatonal, asimismo la tala de cualquier ejemplar estará motivada mediante una
disposición con carácter individualizado que acredite la inviabilidad de
cualquier otra alternativa.
Por lo que, SOLICITO:
- Informe Técnico de Parques y Jardines del
Ayuntamiento de Sevilla que justifica el apeo de estos árboles. - Licencia urbanística de las talas. - Que
sea puesto a disposición de la ciudadanía y de manera accesible para su
consulta el inventario del estado general de arbolado de la ciudad encargado
por el gobierno al principio del mandato del Sr. Juan Espadas en junio de 2015.
- Se investiguen los hechos y se abran los expedientes sancionadores
oportunos. - Se adopten las medidas
oportunas para evitar que continúen estas prácticas. - Se nos mantenga informado de las
actuaciones derivadas de esta denuncia.
Sin otro particular se despide atentamente,
Fdo.:
FOTOS
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